Contáctanos para obtener el pago de tu indemnización con intereses.
¿La aseguradora no te quiere pagar tu seguro?
¡Si no te pagan, tú no nos pagas!

¿Tuviste un accidente?
¡No pierdas la indemnización que te corresponde! ¡Si no te pagan, tú no nos pagas!
Si la aseguradora te ha negado el pago de un seguro de vida u otro tipo de seguro, no significa que tenga la razón. Muchas veces puedes continuar con tu reclamo si tienes de tu lado un abogado experto como nosotros. Deja en nuestras manos tu caso para que te paguen tu indemnización junto con los intereses.
Nosotros te asesoramos y adelantamos todas las acciones para que obtengas el pago de tu seguro:
- Seguro de vida individual
- Seguro de vida grupo deudor
- Seguro de incapacidad total y permanente
- Seguro de enfermedades graves
- Seguro de renta diaria
- Seguro de accidentes personales
- Seguro de salud
- Cualquier otro tipo de seguro
Contáctanos
Diligencia este formulario y tu caso podrá ser seleccionado para recibir una asesoría gratuita:
Preguntas Frecuentes
El tiempo promedio en la etapa previa al proceso es de 3 meses, y en la etapa judicial es de 1 a 4 años. Se aclara que en la etapa judicial puede haber muchas variaciones según el juzgado o tribunal que conozca del caso.
Tú solo nos pagas si recibes la indemnización pues nuestros honorarios son el porcentaje que acordemos sobre la indemnización. Si ganas tú, ganamos nosotros.
Puede reclamar el beneficiario del amparo respectivo. Por ejemplo, si es un amparo de enfermedades graves, puede reclamar al que le diagnosticaron la enfermedad. Si es un amparo de vida, puede reclamar los beneficiarios designados por el asegurado fallecido, o si no designó la ley los determina.
Puedes reclamar el valor asegurado por el amparo que te haya ocurrido. Si ya reclamaste a la aseguradora y ésta te objetó o negó el pago, puedes reclamar adicionalmente intereses moratorios.
La aseguradora debe contestar tu reclamo en un mes.
Podrás iniciar un proceso judicial de carácter ejecutivo. Este ahorra tiempo en el trámite judicial y te permite acceder a medidas cautelares como el embargo para asegurar el pago de tu indemnización.
Necesitamos la declaración de asegurabilidad, el contrato de seguro y las pruebas del siniestro que se reclama (el diagnóstico de la enfermedad, la calificación de pérdida de capacidad laboral, el registro civil de defunción del asegurado, entre otros). Si ya reclamaste, también revisamos tu reclamación y la respuesta de la aseguradora.
Aún si la aseguradora te negó el pago por reticencia (no declarar sinceramente el estado del riesgo) puede ser viable continuar con un proceso de reclamación. Para esto, debemos revisar la declaración de asegurabilidad y así poderte asesorar adecuadamente.
Algunas pólizas contienen una limitación llamada período de carencia, que es el tiempo en que no hay cobertura desde el inicio de la vigencia del seguro. Suele ser un período de corto plazo y debe estar pactado en la póliza.
No, esto no ocurre en todos los casos. Según la fecha de ocurrencia del siniestro podemos revisar si la aseguradora debe pagarte el valor asegurado, aún cuando hayas incurrido en mora del pago de la prima del contrato de seguro.
Si adquiriste un crédito o producto financiero que está amparado por un seguro de vida y ocurre uno de los eventos asegurados (por ejemplo, la muerte del deudor), puedes reclamar para que la aseguradora haga el pago del valor pendiente a la fecha del evento. Esto aplica para tarjetas de crédito, crédito hipotecario, crédito de vehículo o cualquier otro adquirido con una entidad financiera en el que hayan pagado el seguro.
Dos años desde que ocurrió el evento asegurado (el diagnóstico de la enfermedad, la calificación de pérdida de capacidad laboral, la muerte del asegurado, entre otros). Si presentaste reclamación, tienes dos años para demandar, desde la primera reclamación. Nosotros revisaremos sin ningún costo si estás a tiempo de reclamar el pago.
No, somos abogados expertos en reclamar indemnizaciones por cualquier tipo de seguro. Si tu caso es sobre otro tipo de seguro, igual puedes contactarnos y te asesoraremos. Por ejemplo, te asesoramos también frente a estos tipos de pólizas:
- Seguro de cumplimiento
- Seguro de responsabilidad civil
- Seguro de automóviles
- Seguro todo riesgo
- Seguro de predios, labores y operaciones
- Seguro de directores y administradores (D&O)
- Seguro de manejo
- Seguro de transporte
- Seguro de propiedad horizontal
Razones para escogernos como tus abogados

¿Cómo es el proceso para lograr la indemnización?
Te llamamos o escribimos para que nos cuentes qué pasó con el seguro que tomaste, si ya has presentado la reclamación y qué te contestó la aseguradora.
Hacemos una serie de preguntas y solicitud de documentos que soporten tu seguro, tu reclamación y la objeción que te envió la compañía de seguros.
Contrastamos tu seguro y tus pruebas frente a la objeción de la aseguradora y las condiciones del contrato de seguro, y te informamos si consideramos que tienes derecho a continuar con tu reclamo o si son bajas las probabilidades de éxito en un proceso contra la aseguradora.
Hacemos el análisis jurídico y probatorio de tu caso, para definir la estrategia de defensa más adecuada para tus intereses.
Liquidamos a cuánto tienes derecho de conformidad con el valor asegurado para el amparo específico cuyo siniestro haya ocurrido, y si hay objeción o no existió respuesta de la aseguradora, calculamos los intereses de mora a los que tienes derecho.
Redactamos la reclamación o la reconsideración para la aseguradora, podemos también citarla a conciliar, y si no se logra ningún acuerdo, redactamos la demanda para que un juez decida la controversia.