Si tienes derecho a que una aseguradora te pague una indemnización debes tener en cuenta que tu reclamación debe cumplir con unos requisitos.
En primer lugar, tu reclamación debe demostrar dos elementos fundamentales: la ocurrencia del riesgo asegurado y la cuantía de la indemnización. Por eso, debes presentar un escrito que contenga el relato de los hechos y las pretensiones que presentas a la aseguradora, así como los soportes de que el siniestro sí ocurrió y del valor de la indemnización que consideras que te deben pagar.
Por ejemplo, para presentar reclamación ante aseguradora por accidente de tránsito, es decir, si el causante del accidente tiene un seguro de responsabilidad civil, deberás presentar la prueba de que el accidente de tránsito ocurrió (informe policial del accidente de tránsito, fotos, videos, etc.) y que causó la muerte (registro civil de defunción), o lesiones (historia clínica, dictámenes de medicina legal, de pérdida de capacidad laboral) o daños al vehículo (peritaje). Con lo anterior demuestras la ocurrencia del siniestro.
En ese caso, para demostrar cuánto te deben pagar debes anexar los soportes de cuáles eran tus ingresos antes del accidente, los gastos que has tenido que estén relacionados con el accidente o, las relaciones de parentesco con la víctima, la cotización de la reparación del vehículo o el costo del mismo si hubo pérdida total.
En segundo lugar, no dejes que pase mucho tiempo para reclamar. Si eres el asegurado, te aconsejamos que reclames en los dos años siguientes a la ocurrencia del siniestro. Si eres la víctima, en principio tienes cinco años para reclamarle a la aseguradora. No significa que después de esos términos ya no se permita siquiera presentar el reclamo o la demanda. Sin embargo, es probable que la aseguradora alegue la prescripción y te quedes sin derecho a tu indemnización.
En tercer lugar, debes mantener el soporte de la fecha en que presentaste la reclamación completa, puesto que la aseguradora tiene un mes para pagarte la indemnización u oponerse al pago (objetar). Esto es importante, pues si la aseguradora no cumple con dar respuesta oportuna tienes derecho a esto:
- Puedes iniciar un proceso ejecutivo con fundamento en la póliza. Esto significa que iniciarás el cobro directo de la póliza y podrás resolver el asunto en un único proceso judicial.
- Tendrás derecho al pago de intereses moratorios de 1,5 veces el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia. Estos intereses se calculan sobre el monto de la indemnización que solicitaste, y se causan hasta que la aseguradora realice el pago.
En cuarto lugar, debes tener en cuenta que las aseguradoras muchas veces alegan exclusiones, agravación del estado del riesgo o reticencia, para oponerse a los reclamos. Para anticiparse a este tipo de sorpresas, es aconsejable tener copia previa de la carátula, condiciones generales y particulares del seguro respectivo.
En los seguros de vida ocurre con altísima frecuencia que la aseguradora objeta porque el tomador del seguro no fue sincero al contratar (no dijo que sufría de alguna enfermedad o que se dedicaba a determinada actividad). En los seguros de cumplimiento, suele objetar la aseguradora por agravación del estado del riesgo, puesto que se suscriben modificaciones al contrato asegurado sin informar a la aseguradora.
De igual forma, se aclara que para presentar la reclamación no requieres un abogado, pero si es mejor contar con uno para que identifique si en un caso concreto existe un seguro que amparó el siniestro, identifique la aseguradora y las condiciones del contrato de seguro, y te asesore sobre cómo presentar la reclamación.
Somos expertos presentando reclamaciones ante aseguradoras. Si quieres tener éxito en tu reclamo y obtener una indemnización completa, te recomendamos que nos cuentes tu caso.