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¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a una aseguradora?

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En derecho los términos para reclamar cualquier derecho son de total relevancia, pues el vencimiento de ese término puede significar la pérdida del derecho que se reclama. Por ello, es importante que conozcas cuánto tiempo tienes para reclamar a la compañía de seguros.

La manera como se denomina este fenómeno jurídicamente es la prescripción, que consiste en una de las formas en que se extingue una acción o un derecho por no ejercerlo en un tiempo definido por la ley.

En relación con el contrato de seguro, el Código de Comercio estableció dos términos diferentes, pero ten en cuenta que su aplicación no es por voluntad o conveniencia de la parte. La norma señaló:

“Artículo 1081. La prescripción de las acciones que se derivan del contrato de seguro o de las disposiciones que lo rigen podrá ser ordinaria o extraordinaria.

La prescripción ordinaria será de dos años y empezará a correr desde el momento en que el interesado haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que da base a la acción.

La prescripción extraordinaria será de cinco años, correrá contra toda clase de personas y empezará a contarse desde el momento en que nace el respectivo derecho.

Estos términos no pueden ser modificados por las partes.”

Con fundamento en el artículo mencionado, se ha señalado que la prescripción ordinaria es subjetiva, pues se aplica a una persona determinada. Por esa razón se debe demostrar  conocimiento del hecho que permite reclamar el derecho y sólo aplica respecto de personas capaces. Por su parte, la prescripción extraordinaria es objetiva, es decir que se aplica a todas las personas interesadas, y su término se cuenta desde que nace el derecho, con independencia total del conocimiento del hecho que da derecho a realizar la reclamación, y aplica a personas capaces e incapaces.

También, se debe tener en cuenta que el término de prescripción que ocurra primero es el que deberá aplicarse. Así, si una persona tiene un accidente de tránsito el 1 de enero de 2020 y desconoce sobre la existencia de un seguro, tiene hasta el 1 de enero de 2025 para reclamar a la aseguradora del vehículo causante del accidente (prescripción extraordinaria). En cambio, si la persona recibe información sobre la existencia del seguro el 1 de enero de 2021, solo puede reclamar hasta el 1 de enero de 2023 (prescripción ordinaria).

Ahora bien, en el seguro de responsabilidad civil, por regla general se aplica la prescripción extraordinaria respecto de la víctima. Es decir que la víctima directa de un accidente de tránsito u otro tipo de accidente y sus familiares tienen cinco años para reclamar a la aseguradora. Una vez pasado dicho término, la aseguradora probablemente se defenderá con base en la prescripción.

También, en el seguro de responsabilidad civil el asegurado cuenta con dos años para reclamar a su aseguradora, contados desde que la víctima le presenta reclamación judicial o extrajudicial.

En relación con la nulidad relativa de un contrato de seguro por reticencia, la aseguradora cuenta con cinco años desde que se celebró el contrato para alegar por acción o por excepción dicha nulidad relativa. Sin embargo, si tiene conocimiento de la omisión en la declaración de asegurabilidad y se cumplen los dos años (contados desde el conocimiento) antes de que se configuren los cinco años (contados desde la celebración del contrato), le aplicará la prescripción ordinaria por configurarse primero que la extraordinaria.

De otro lado, es importante destacar que el término de prescripción puede interrumpirse por la presentación de la reclamación, por una sola vez. Esto quiere decir que el reclamo ante la aseguradora hace que se reinicie el término que se tiene para demandarla, pero en este caso ya te aconsejamos que cuentes solo dos años desde el reclamo.

Por último, también debes saber que la prescripción debe ser alegada para que se pierda el respectivo derecho. Esto quiere decir que por excederse los términos mencionados no se pierde automáticamente el derecho a reclamar la indemnización, ósea que se puede intentar demandar. Sin embargo, es probable que la aseguradora alegue la prescripción dentro del proceso judicial.

Te aconsejamos que no dejes que pase mucho tiempo para reclamar tu derecho. Somos expertos presentando reclamaciones ante aseguradoras. Si quieres tener éxito en tu reclamo y obtener una indemnización completa, te invitamos a que nos cuentes tu caso por el medio que prefieras.

Si tienes una duda legal, escríbenos y en menos de 48 horas un abogado te contactará para contarte qué podemos ofrecerte.

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