Cuando un familiar fallece muchas veces se desconoce si ha dejado algún seguro de vida que deba reclamarse, por ello para poder reclamar un seguro de vida lo principal es determinar si la persona contaba con seguros que amparaban el riesgo de su muerte.
Para conocer si puedes llegar a ser beneficiario de un seguro de un familiar fallecido, te recomendamos que empieces solicitando información ante el Registro Único de Seguros. Dicha plataforma te solicitará información tuya y de tu familiar, así como documentos como el registro civil de defunción y los documentos de identidad.
Si bien solo hay obligación legal de tomar un seguro de incendio y terremoto en los créditos hipotecarios, la realidad demuestra que los bancos exigen también seguros de vida respecto de cualquier modalidad de crédito. Por este motivo, también te recomendamos solicitar información ante las entidades bancarias en las que el fallecido tenía algún producto, para conocer si existían seguros de vida.
Es importante aclarar que en los seguros de vida individual, siempre los beneficiarios son los que haya designado el asegurado o los de ley si no existe tal designación, mientras que en los seguros de vida grupo siempre hay un beneficiario oneroso y en algunas ocasiones hay beneficiarios designados por el tomador del seguro o por la misma ley. El beneficiario oneroso por regla general recibe el saldo insoluto del crédito al momento del siniestro, mientras que los otros beneficiarios, denominados gratuitos, reciben los remanentes, es decir, la diferencia entre el saldo del crédito y el valor asegurado, siempre y cuando ese último valor sea mayor.
Ahora bien, los beneficiarios gratuitos, como señalamos, son los que libre y voluntariamente el asegurado determinó y en los porcentajes que el mismo indicó en la carátula del seguro. Si dicha designación no se realizó, o la misma se declara ineficaz, la ley indica que tienen dicha calidad: “el cónyuge del asegurado, en la mitad del seguro, y los herederos de éste en la otra mitad.”
Después de consultar qué seguros de vida tenía el fallecido, te recomendamos hacer la solicitud de cada contrato de seguro para contar con la información completa sobre vigencia, valor asegurado, beneficiarios, amparos y exclusiones de la póliza. También, la declaración de asegurabilidad es importante pues una de las principales causas de objeción de las aseguradoras es la reticencia y esa declaración contiene gran parte de la información en que se basa ese tipo de objeciones.
Una vez cuentes con la información de cada seguro puedes presentar una reclamación directa ante la aseguradora. Si son seguros de vida grupo también debes informar al tomador del seguro sobre la ocurrencia del siniestro para que se active la reclamación por parte del beneficiario oneroso.
En el caso del seguro de vida, tu reclamación debe demostrar dos elementos fundamentales: la ocurrencia de la muerte del asegurado y la cuantía de la indemnización. Por eso, debes presentar un escrito que contenga el relato de los hechos y las pretensiones que presentas a la aseguradora, así como los soportes de que el siniestro sí ocurrió y del valor de la indemnización que te deben pagar.
La aseguradora debe darte respuesta en el mes siguiente a que le radiques el reclamo. Si no contesta en ese término o la respuesta no es satisfactoria, puedes continuar con un proceso judicial para el cobro del valor asegurado que te corresponde, o incluso también para el cumplimiento del pago del seguro a favor del beneficiario oneroso.
Si necesitas asesoría sobre un seguro de vida, nosotros podemos brindarte el acompañamiento profesional respectivo. Cuéntanos tu caso aquí.