Blog

¿Al iniciar un negocio debo constituir una sociedad o debo celebrar un acuerdo de colaboración empresarial?

1,421 Visitas

La asociación es una característica inherente a las actividades humanas, predominante a la hora de encontrar y lograr objetivos comunes. En los negocios sucede lo mismo, para iniciar un emprendimiento lo más común es sumar capacidades, experiencia, recursos y esfuerzo entre dos o más      personas para garantizar el éxito de la iniciativa y exceder las metas acordadas.

Si bien las asociaciones traen consigo innumerables beneficios, es muy común que en algún momento se presenten tensiones, discusiones o conflictos entre las personas que hacen parte de la actividad empresarial. Estas discusiones pueden ser causadas por múltiples factores, tales como los objetivos, direccionamiento, asuntos administrativos o distribución de las utilidades del emprendimiento.

Por este motivo, es de suma importancia que quienes se asocien con la finalidad de iniciar actividades comerciales tengan muy claras las condiciones, reglas y la forma en que cada uno participará desde un principio, con la finalidad de evitar discusiones que desenfoquen de la finalidad de la asociación y eventualmente la lleven a un fracaso o terminación anticipada.

Desde un principio, al menos deben acordarse los elementos más importantes de la asociación, como lo son: los aportes que cada asociado realizará, la forma de tomar las decisiones, la forma en que se distribuirán las utilidades, los parámetros para tener en cuenta en caso de que la empresa sea vendida y el trabajo, experiencia o conocimiento que cada asociado dará a favor de la empresa.

Ahora bien, no solo es importante conversar y acordar estos aspectos de la relación entre los socios, sino que es importante dejarlos por escrito para que puedan ser los criterios objetivos que resuelvan cualquier controversia. Esta formalidad tiene la posibilidad de hacerse bajo dos categorías principales, constituir una sociedad o celebrar un acuerdo de colaboración empresarial.

La constitución de una sociedad, bajo cualquiera de sus tipos (S.A.S., S.A., Limitada; principalmente), es la figura más recomendada para que se desarrolle la actividad empresarial, principalmente porque con ella sea crea una entidad jurídica independiente, separando el patrimonio de cada uno de los socios del patrimonio de la sociedad. De igual manera, los riesgos y obligaciones derivados de la actividad comercial son asumidos de manera directa por la sociedad y no directamente por los socios como personas naturales.

Si bien constituir una sociedad es la figura más recomendable para desarrollar un negocio, implica ciertos costos y gastos que los empresarios deben tener en cuenta a la hora de elegirla. En este sentido, una sociedad tiene algunos gastos relacionados con su constitución como los impuestos y tasas de registro ante las cámaras de comercio, deben llevar contabilidad por lo que se debe contratar y asumir los honorarios de un contador, se debe declarar renta, pagar la matrícula      mercantil y realizar ciertas actividades administrativas que toda sociedad requiere.

Si del análisis que se realiza, la empresa todavía no se encuentra en capacidad de constituir y administrar una sociedad, o se busca salir al mercado a probar el éxito o viabilidad del negocio, los acuerdos de colaboración empresarial son una gran opción para los emprendedores y empresarios. Los acuerdos de colaboración empresarial, pueden ser contratos de Cuentas en Participación, Joint Venture, Unión Temporal, Consorcio, Alianza Estratégica     , Colaboración Empresarial, entre otros.

Se trata de acuerdos privados en los que los miembros de la iniciativa de manera muy clara establecen por escrito la manera en que funcionará la actividad económica y la forma en la que cada una de las partes se relacionará con las otras personas frente al negocio.

Así, en este tipo de acuerdos se debe establecer qué aportará cada persona al negocio; estos aportes podrán ser en recursos, trabajo, experiencia y/o conocimiento. De igual forma, se debe regular la participación de cada miembro dentro del negocio, esta participación se regula con relación a las decisiones que se deben tomar y la remuneración o distribución de utilidades que se espera recibir de la empresa, así como quién      será el representante o cara visible del negocio frente a terceros.

Actualmente, la finalidad de los emprendimientos también puede ser lograr una relevancia en determinado mercado para lograr su posterior venta a terceros o banca de inversión, por lo que resulta relevante determinar los criterios para decidir vender y la manera en que cada socio recibirá su parte. Inclusive, es importante acordar cuáles son los parámetros para tener en cuenta para convertir el emprendimiento en una sociedad.

En Savant Legal somos expertos en asesorarte sobre cuál es la mejor figura para tu negocio, para estructurarla y llevarla a cabo, contáctanos aquí para acompañarte y crecer junto con tu negocio.

Otros artículos

indemnizacion
Blog
1,654 Visitas

¿Cuánto pagan en una indemnización?

Cuando por una acción u omisión de alguien, una persona muere, o resulta herida o lesionada, o sus bienes son dañados, puede reclamar el pago de una indemnización siempre que concurran otros requisitos. Indemnizar es…
reclamar a una aseguradora
Blog
65 Visitas

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a una aseguradora?

En derecho los términos para reclamar cualquier derecho son de total relevancia, pues el vencimiento de ese término puede significar la pérdida del derecho que se reclama. Por ello, es importante que conozcas cuánto tiempo…
Abrir chat
¿Necesitas ayuda? ¡Hablemos!
Hola ¿Cuéntanos en qué podemos ayudarte?